miércoles, 4 de julio de 2007

Ensayo sobre el Art. 8 de la Constitución Dominicana


Por: José Zapata

La Constitución es conocida como la madre de todas las leyes, en ella se detalla claramente cada uno de los preceptos y/o elementos que componen a una nación libre e independiente, sobre la nacionalidad ect.

Específicamente en el articulo numeral 8, se desmenuzan los compromisos que tiene el Estado para con los ciudadanos dominicanos, señala que el mismo deberá garantizar que el mismo tenga las herramientas necesarias para desenvolverse de manera digna en la sociedad, entiéndase con esto que el individuo debe contar con libertad individual y justicia social en conjunto con el orden de la sociedad y los derechos públicos de todos.

A pesar de que el artículo 8 de nuestra constitución dominicana establece de forma clara y precisa las obligaciones del estado, en la realidad presente muy pocas veces se cumple con tales derechos.

Por ejemplo empezando por el que establece la inviolabilidad a la vida, muchísimas veces no se lleva a cabalidad, si bien una persona no debe ser privado de su libertad ni debe ser torturado ni sometido a vejámenes que atenten contra su integridad física o de su salud. Entonces vemos como los encargados de poner el orden y hacer respetar las leyes son los primeros que la violan entiéndase los policías que siempre en su mayoría maltratan a los detenidos violando sus derechos.

Sobre la seguridad individual el artículo 8 dice que nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito. No obstante a eso cuando a altas horas de la noche miembros del cuerpo del orden apresan a las personas muchas veces menores de edad, y sin ninguna orden judicial como debe ser, se ve francamente la violación a los derechos del ciudadano.

El numeral 5 señala que a nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe. La ley es igual para todos: no puede ordenar más que lo que es justo y útil para la comunidad ni puede prohibir más que lo que le perjudica.

De este derecho se puede decir que ciertamente a personas de muchos recursos infinidades de veces se les trata con privilegios ejemplo de esto, vemos como a un funcionario bancario que desfalca un banco por una gran cantidad de dinero que desestabilizó totalmente la economía del país, a este malhechor se le envía a prisión preventiva a una cárcel considerada de ricos con todas las prerrogativas por haber.

Sin embargo a uno que delinque al robarse una gallina o un salami en un colmado a este le toca cumplir una condena quizás de hasta 20 o 30 años, entonces con esto se deja desvelada la falta de equidad, que contrasta con el dicho de que la justicia es igual para todos.

Sobre la maternidad la constitución establece: “Sea cual fuere la condición o el estado de la mujer, gozará de la protección de los poderes públicos y tiene derecho a la asistencia oficial en caso de desamparo.

El Estado tomará las medidas de higiene y de otro género tendientes a evitar en lo posible la mortalidad infantil y a obtener el sano desarrollo de los niños. Se declara, asimismo, de alto interés social, la institución del bien de familia.

El Estado estimulará el ahorro familiar y el establecimiento de cooperativas de crédito, de producción, de distribución, de consumo o de cualesquiera otras que fueren de utilidad”.

Esta función nunca se ha cumplido ya que miles de niños, niñas y adolescentes andan por las calles sufriendo hambre, enfermedades, ect. Fruto de la falta de apoyo gubernamental en las políticas que contribuyan a evitar esto.

Finalmente se puede decir que todos los derechos del ciudadano establecidos en la constitución dominicana en su mayor porcentaje nunca se cumplen quizás por falta de conciencia de los funcionarios o porque ninguno de estos se ha dignado a hacer cumplir la Constitución Dominicana.